Tengo golondrinas en mi balcón ¿qué puedo hacer?

Tengo golondrinas en mi balcón ¿qué puedo hacer?

Vas a tu casa después de dos semanas sin aparecer porque te has ido de vacaciones. Y de pronto empiezas a escuchar ruidos que no te son familiares. Sales por una ventana y nada, sales por otra y nada, y finalmente sales por la tercera y ¡oh sorpresa! Tienes un nido de golondrinas en tu vivienda.

Tu primer pensamiento es pensar que vas a poder ver como acuden al nido las golondrinas y ver como alimentan a las crías. Además tienes nenes pequeños en casa y para ellos es algo muy bonito de ver. Estás en lo cierto.

Pasa un par de semanas y ya deja de ser tan divertido. Te has dado cuenta que son muy madrugadoras, y que a las 5 de la mañana ya están trabajando en sus quehaceres. No llevan el mismo ritmo que tú y su graznidos empiezan a ser un poco insoportables.

De pronto un vecino te llama a la puerta y te comenta que tienes golondrinas en la ventana. Tú sorprendido piensas en que puede afectarle. Y empiezas a ver la cara de mala leche que se le pone cuando epieza a comentar que los excrementos le están cayendo sobre su ventana. Es entonces cuando te invita a que quites el nido.

Y aquí es donde viene la duda

¿Se pueden quitar nidos de golondrina?

La respuesta rápida es no. Son aves protegidas y por tanto tienen derecho a la anidación sin perturbaciones.

Entonces, ¿qué opciones se tienen? A continuación te comentamos las opciones legales en estos casos.

¿Qué dice la ley actual?

I. Normativa de referencia

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas y se establecen categorías y normas para su protección.
Decreto 21/2012, de 27 de enero, del Consell, por el que se regula el procedimiento de elaboración y aprobación de los planes de recuperación y conservación de especies catalogadas de fauna y flora silvestres, y el procedimiento de emisión de autorizaciones de afectación a especies silvestres.

II. Justificación de la solicitud

Las golondrinas, junto con los aviones y vencejos comunes, nidifican principalmente en nidos adosados a construcciones humanas que construyen modelando barro en forma de habitáculo redondeado en cuya cavidad interior desarrollan la puesta y crianza de los pollos.

Estas aves están incluidas en el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, cuya conservación exige medidas de protección.

La Ley 42/2007 (modificada por la Ley 33/2015) establece en su artículo 57.1 (Prohibiciones y garantías de conservación para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial):

“1. La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las siguientes prohibiciones genéricas:
/…/
b) Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y áreas de reproducción, invernada o reposo.”

 

No obstante, el artículo 61.1 prevé la posibilidad de excepcionar tales prohibiciones en los siguientes términos:

“1. Las prohibiciones establecidas en este capítulo podrán quedar sin efecto, previa autorización administrativa de la Comunidad autónoma, si no hubiere otra solución satisfactoria y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate, en su área de distribución natural, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Si de su aplicación se derivaran efectos perjudiciales para la salud y seguridad de las personas.”
/…/

Por otra parte el Decreto 21/2012, establece en su artículo 8.3:

“Corresponde a las direcciones territoriales de medio ambiente dejar sin efecto las prohibiciones contenidas en los artículos 52.3 y 54.1 (actualmente 54.5 y 57.1, respectivamente) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su ámbito territorial respectivo, excepto en los casos señalados en el apartado anterior. Las excepciones a las prohibiciones de los artículos 52.3 y 54.1 solo podrán autorizarse en los supuestos y con las condiciones establecidos en el artículo 58 (actualmente 61) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre .”

Opciones posibles

La ley determina que los nidos de gorriones están protegidos por ser aves protegida. Si nos leemos bien el reglamento, existe una serie de fechas o temporadas en las que sí podemos realizar una actuación cumpliendo la legalidad.

Existe un formulario de solicitud en todos los ayuntamientos de las localidades, el cual se puede entregar en las propias dependencias para su registro.

Rellenar esta solicitud es relativamente sencillo en cuando a la toma de datos que se requieren. La dificultad radica justificar el motivo por el cual quieres realizar la retirada de los nidos. Lo que viene siendo que no vale cualquier motivo, como puede alegar un motivo estético.

A continuación exponemos una solicitud rellenada por una comunidad de propietarios donde realmente existía un grave problema de salud frente a la presencia de los nidos de golondrina.

Solicitud retirada nidos de golondrinas

La solicitud remitida se fundamenta en el citado artículo 61.1., apartado a). Se trata, por tanto, de una actitud preventiva para solucionar un problema que afecta al uso de un inmueble y que puede afectar a la salud y seguridad de las personas.

La actuación sobre los nidos sólo será posible fuera del periodo de nidificación, con métodos selectivos y en el caso de encontrar ejemplares inmaduros o huevos serán entregados en el Centro de Recuperación de Fauna Salvaje “La Granja” de El Saler.

III. El ejercicio de la competencia para resolver corresponde a esta Dirección Territorial de conformidad con el Decreto 21/2012, de 27 de enero, del Consell, por el que se regula el procedimiento de elaboración y aprobación de los planes de recuperación y conservación de especies catalogadas de fauna y flora silvestres, y el procedimiento de emisión de autorizaciones de afectación a especies silvestres, en relación con lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad.

IV. Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el art. 61.1.a) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad, Primero:

Autorizar la actuación solicitada por xxx, con DNI xxx, en los términos siguientes:


1. La autorización se refiere exclusivamente a la eliminación de los nidos del inmueble situado en la C/ xxx, nº 1, de Valencia.

2. La autorización será válida hasta la fecha…

3. La actuación autorizada consistirá en la eliminación de los nidos en el periodo en que estos están desocupados. De verificarse la ocupación deberá suspenderse la actuación.

4. Con objeto de compensar la pérdida de enclaves de nidificación y la consiguiente pérdida de los efectos beneficiosos de control de plagas que comportan los hábitos alimentarios de aviones, vencejos y golondrinas, se deberán ubicar nidales prefabricados (existentes en el mercado) en situación idónea en el mismo edificio y en número equivalente al de nidos eliminados.

Segundo. La resolución podrá ser recurrida en alzada ante el Director General del Medio Natural y Evaluación Ambiental en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Empresas de control de plagas

Ahora que ya sabes todas las opciones que tienes, solo te falta dar el paso final. Buscar una empresa con licencia para ejecutar el traslado de los nidos. Plaserman Salup Pública cuenta con todos los permisos reglamentarios y tenemos vasta experiencia en realización de trabajos verticales como puede ser el caso.

Contacta con nosotros ante cualquier duda y te asesoraremos en todo lo que necesites que tenga que ver con el control de plagas o aves urbanas.

Originally posted 2022-03-04 14:59:26.

 

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies